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En los últimos días hemos oído hablar sobre los fondos Next Generation, pero ¿ qué son y a quién van destinados? Todas las cuestiones sobre este tema así como los requisitos para ser beneficiarios os lo contamos en nuestra entrada del blog de hoy.
¿Qué son los fondos Next Generation?
Next Generation EU es un instrumento temporal de recuperación dotado con más de 800 000 millones de euros que contribuirá a reparar los daños económicos y sociales inmediatos causados por la pandemia de coronavirus.
Dentro de esas ayudas se enmarcan las relativas a las viviendas y podrán solicitarlas todo aquél que cumpla con los requisitos para la concesión de estas.

FONDOS NEXT GENERATION PARA EDIFICIOS PLURIFAMILIARES
- Beneficiarios
- Propietarios o usufructuarios de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila.
- Propietarios o usufructuarios de viviendas plurifamiliares así como las comunidades de propietarios.
- Sociedades cooperativas.
- Requisitos económicos
- No se aplican requisitos económicos en esta Orden.
- Requerimiento edificio.
- Para todas las líneas de subvención: Disponer del certificado energético del edificio según contenido del Real. Decreto 390/2.021 registrado en Registro de Certificados Energéticos Andaluces.
- Para las líneas 1 y 2:
- Disponer de proyecto/memoria de las actuaciones a realizar, suscrito por técnico competente (artículo 3 y artículos 10)
- Disponer de libro del edificio existente, o en su defecto, estudio sobre potencial de mejora (artículo 10 a 17 de la línea 3 subvencionable).
- El 70% (peso) de los residuos de construcción y demolición no peligrosos generados en el sitio de construcción serán preparados para reutilización, reciclaje o recuperación.
- Que al menos el 50% de su superficie sobre rasante, excluida la planta baja o plantas inferiores si tienen usos compatibles, esté destinada a uso residencial.
- El diseño de los procesos definidos en la actuación, apoyarán la circularidad.
- Aquellos inmuebles que contengan elementos con amianto, serán retirados aprovechando la actuación.
- En plurifamiliar, al menos el 50% de la superficie sobre rasante, se destinará a uso residencial.
- Para las líneas 3:
- Estar finalizados antes del año 2.000
- Que al menos el 50% de su superficie sobre rasante, excluida la planta baja o plantas inferiores si tienen usos compatibles, esté destinada a uso residencial.

- Requisitos formales
- Contar con el acuerdo de comunidad de propietarios y con la autorización administrativa cuando sea necesario.
- Estar exentos de deudas en periodo ejecutivo de cualquier ingreso de derecho público de la Junta de Andalucía.
- Tipos de ayudas: conceptos subvencionables y no subvencionables
- Línea 1 Subvenciones para la rehabilitación a nivel de edificio

- Línea 2 Subvenciones para la mejora de la eficiencia energética en viviendas

- Línea 3 Subvenciones para la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación

- Línea 4 subvenciones para redacción de proyecto de rehabilitación

Cuantía de las subvenciones

- Línea 1 Subvenciones para la rehabilitación a nivel de edificio

- Línea 2 Subvenciones para la mejora de la eficiencia energética en viviendas


- Línea 3 Subvenciones para la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación

- Línea 4 subvenciones para redacción de proyecto de rehabilitación

Plazos

Los gastos subvencionables han de haberse realizado con posterioridad al 1 de febrero de 2.020 y hasta la finalización del periodo de justificación. En ningún caso podrán ser posteriores al 30 de junio de 2.026.
Forma de pago
- Línea 1 Subvenciones para la rehabilitación a nivel de edificio. Se establece el formato de pago de tipo anticipado, con los siguientes requisitos:

- Línea 2 Subvenciones para la mejora de la eficiencia energética en viviendas, Línea 3 Subvenciones para la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación.

- Línea 4 subvenciones para redacción de proyecto de rehabilitación. Se establece el formato de pago de tipo anticipado, con los siguientes requisitos:

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